El fuero sindical es el goce
de los empleados, que están afiliados a un sindicato a no ser despedidos, ni
desmejorada sus condiciones de trabajo, ni re-ubicado en otro lugar de trabajo,
bajo ninguna circunstancia de las empresas. Definido en el Art. 405 del CST.
Según la Corte
Constitucional el Fuero Sindical es la consecuencia de la protección del estado
a los sindicatos para que puedan cumplir plenamente sus funciones sin
represalias de los empleadores. La figura del fuero Sindical está consagrada
desde la Carta de los Derechos Humanos pasando por el Pacto Internacional de
los Derechos Económicos, Sociales y Culturales hasta convenciones como la
Conferencia Especializada Interamericana Sobre Derechos Humanos, celebrada el
22 de noviembre de 1969.
El fuero Sindical tiene una
carga jurídica que es que se debe
someter a consideración judicial si el empleador desea desvincular a un
empleado que está afiliado al sindicato de la empresa.
Sobre el Fuero Sindical se
tiene jurisprudencia cómo
-
Sentencia T-
873 de 2004: “Si bien el fuero sindical nace automáticamente para los fundadores
de la organización desde el momento de su constitución, ella debe ser
demostrada para que tenga efectos frente a terceros, y por ello la ley exige la
comunicación al empleador sobre la constitución del sindicato, aclarando que la
copia de tal comunicación es la prueba de la existencia del fuero” recuperada
de: http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2004/T-873-04.htm
-
C-593-93: Sentencia que habla como los
empleados de confianza, dirección o manejo pueden participar en los sindicatos
y las limitaciones para los empleados públicos.
-
artículo 18
del Decreto Ley 2350 de 1944: comenta del amparo que se le da al trabajador
desde la constitución del sindicato. http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=1872277
-
artículo 40 de
la ley 6ª de 1945: Sobre la especial protección que adquieren los trabajadores
cuando se notifica de la creación del sindicato. https://www.gerencie.com/fuero-sindical.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario