Sindicatos deben actuar como verdaderos empleadores
frente a sus afiliados partícipes, según lo señala el Ministerio de Trabajo
De este modo las Organizaciones Sindicales que hayan acordado con sus
afiliados partícipes dentro del contrato sindical que actuarán de manera
similar a un empleador para el pago de aportes a Seguridad Social, podrán
hacerlo mediante la Planilla Integrada de Autoliquidación de Aportes, usando
el tipo de cotizante 55 denominado "Afiliado
Partícipe-dependiente".
Dado lo anterior podrá realizar los aportes a todas las administradoras
de Seguridad Social para así acceder a los beneficios que estas otorgan.
Teniendo en cuenta que en este caso los sindicatos actuarán como
empleadores, responderán por los aportes de sus afiliados partícipes como si
estos fuesen sus trabajadores utilizando la planilla "E" la
cual especifica el pago de aportes por los empleados de una empresa.
Para brindar una mayor información al respecto, ofrecemos un listado de
preguntas frecuentes que pueden surgir dentro de las Organizaciones Sindicales:
Como Organización Sindical usted seguramente se preguntará ¿qué hacer
con respecto al pago que deben realizar en el próximo mes de marzo de 2015 si
utilizan el tipo de cotizante 55 "Afiliado partícipe-dependiente" de acuerdo
a la resolución 225 de 2015?
En febrero de 2015 debieron pagar los aportes con Planilla Y bajo el
cotizante 53 - Afiliado participe y seguramente cotizaron a Salud, Pensión,
Riesgos Laborales y Caja de Compensación Familiar. Si en este momento van a
pagar con planilla tipo E y cotizante 55 - Afiliado partícipe –dependiente,
deberán pagar Pensión, Riesgos Laborales y Caja de Compensación Familiar para
el período 2015-02 y Salud para el período 2015-03; en este caso les quedaría
doble el pago de febrero para los subsistemas de Pensión, Riesgos Laborales y
Caja de Compensación Familiar para el período 2015-02.
¿Ante las administradoras deben reportar la novedad de retiro como
cotizante 53 y volverse a afiliar como cotizante 55 o estas hacen el cambio de
tipo de cotizante?
Si el sindicato pagó en febrero de 2015 los aportes al Sistema de
Seguridad Social de sus afiliados con el tipo de cotizante 53 - Afiliado
participe y no reportaron la novedad de retiro, deben aportar el mes de marzo
de 2015 con el tipo de cotizante 53 - Afiliado partícipe reportando la novedad
de retiro y aportando los 30 días. Para el mes de abril de 2015 y si el
sindicato desea aportar por sus afiliados partícipes como dependientes, lo
podrá hacer utilizando el tipo de cotizante 55 – Afiliado partícipe –
dependiente y deberá reportar la respectiva novedad de ingreso, para lo cual
aportará por los días laborados a los sistemas de Salud, Pensión, Riesgos
Laborales, Caja de Compensación Familiar, SENA e ICBF.
Igualmente, el sindicato deberá realizar los trámites respectivos ante
las administradoras en donde reporte el cambio de tipo de cotizante.
La Resolución 225 de 2015 en el artículo 5 define al cotizante 55
Afiliado Partícipe- dependiente para el pago de aportes a seguridad social, pero
no se hace claridad si también cubre los aportes parafiscales (SENA, ICBF y
CCF). ¿Estos también se deben liquidar conforme a las reglas de los
dependientes?
El tipo de cotizante 55 – Afiliado partícipe - dependiente, debe aportar
igual que un dependiente, es decir, aportar a los Sistemas de Salud, Pensión,
Riesgos Laborales, Caja de Compensación Familiar, SENA e ICBF.
Respecto al cotizante 55, ¿se aplican las mismas reglas definidas para
el cotizante 1-Dependiente? ¿De ser así, aplicaría también la reforma
tributaria?
El artículo 7 del Decreto 1828 de 2013, establece que la exoneración del
aporte patronal en Salud y del SENA e ICBF no aplica para las empresas sin
ánimo de lucro, sin embargo, es responsabilidad de aportante reportar dicha
exoneración.
¿Qué tipo de aportante tiene permitido usar el Tipo de Cotizante 55?
El tipo de aportante que debe utilizar el tipo de cotizante 55 -
Afiliado partícipe – dependiente, será el tipo de aportante 9 - Pagador de
aportes contrato sindical.
¿Qué clase de aportante tiene permitido usar el Tipo de Cotizante 55?
Las clases de aportante que puede reportar el tipo de cotizante 55 -
Afiliado partícipe dependiente serán:
·
A= Aportante con 200 o más cotizantes.
·
B= Aportante con menos de 200
cotizantes.
¿Qué subtipos de cotizante tienen permitido reportar el Tipo de
Cotizante 55?
Los subtipos de cotizante que puede reportar el tipo de cotizante 55 -
Afiliado partícipe – dependiente son los siguientes:
1. Dependiente pensionado por vejez activo.
3. Cotizante no obligado a cotización a pensiones por edad.
4. Cotizante con requisitos cumplidos para pensión.
5. Cotizante a quien se le ha reconocido indemnización sustitutiva o devolución de saldos.
9. Cotizante pensionado con mesada superior a 25 SMMLV (Salarios MínimosMensuales Legales Vigentes).
3. Cotizante no obligado a cotización a pensiones por edad.
4. Cotizante con requisitos cumplidos para pensión.
5. Cotizante a quien se le ha reconocido indemnización sustitutiva o devolución de saldos.
9. Cotizante pensionado con mesada superior a 25 SMMLV (Salarios MínimosMensuales Legales Vigentes).
¿Qué tipos de planilla puede reportar el tipo de cotizante 55?
El tipo de cotizante 55 - Afiliado partícipe – dependiente se puede
reportar en los siguientes tipos de planilla:
·
E: Planilla Empleados.
·
A: Planilla cotizantes con novedad de
ingreso.
·
M: Planilla Mora.
·
N: Planilla Correcciones.
·
J: Planilla para pago seguridad social
en cumplimiento de sentencia judicial.
¿El tipo de cotizante 55 tiene permitido reportar condición de
colombiano temporalmente en el exterior?
Sí, teniendo en cuenta que este tipo de cotizante aporta al Sistema de
Salud.
¿El tipo de cotizante 55 tiene permitido reportar condición Extranjero
no obligado a cotizar a pensiones?
Sí, teniendo en cuenta que este tipo de cotizante aporta al Sistema de
Pensiones.
¿El tipo de cotizante 55 tiene permitido reportar Salario Integral?
Sí, y es responsabilidad del aportante suministrar esta información.
¿Qué novedades tiene permitido reportar el tipo de cotizante 55 y cuál
debe ser el comportamiento de cada una de ellas?
A este tipo de cotizante le aplican todas las novedades.
Recuerde que en miplanilla.com cuenta con todas las herramientas para
llevar a cabo sus aportes a seguridad social conforme lo dicta la ley vigente.
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